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Pensiones por incapacidad

Abogados incapacidad permanente en Alicante

Si una enfermedad o una lesión te impide seguir trabajando, puedes tener derecho a una pensión. Te lo explicamos claro y sin tecnicismos: qué es, qué grados existen y cómo se solicita.

Abogados de incapacidad permanente en Alicante
Lo esencial

¿Qué es una incapacidad permanente?

Es una pensión que reconoce la Seguridad Social cuando, por una enfermedad o un accidente, ya no puedes desempeñar tu trabajo habitual —o ningún trabajo— de forma duradera. No depende de la voluntad de tu empresa ni de tu antigüedad: depende de tu estado de salud y de cómo limita tu capacidad para trabajar.

Lo más importante que debes saber: aunque el INSS te la deniegue al principio, en muchos casos se acaba consiguiendo por vía judicial. Por eso conviene que un abogado revise tu caso antes de dar nada por perdido.

Estudiamos tu situación, te decimos con honestidad qué opciones tienes y nos encargamos de todo el procedimiento, de principio a fin.

Paso a paso

Cómo es el proceso

Desde que decides solicitar tu incapacidad hasta que se resuelve. En cada paso te acompañamos.

1

Reunimos tu historia clínica

Recopilamos y ordenamos tus informes médicos para demostrar con claridad cómo te afecta tu enfermedad o lesión.

2

Presentamos la solicitud

Tramitamos la solicitud ante el INSS con toda la documentación preparada, evitando errores que retrasen tu expediente.

3

El tribunal médico te valora

El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) revisa tu caso y propone si se te reconoce la incapacidad y en qué grado.

4

Si te la deniegan, recurrimos

No es el final del camino: presentamos reclamación y, si hace falta, llevamos tu caso al Juzgado de lo Social, donde se reconocen muchas incapacidades.

Grados de incapacidad

Los cuatro grados de incapacidad permanente

Cada grado tiene requisitos distintos, prestaciones distintas y un procedimiento específico. Estudiamos tu caso para identificar el que corresponde.

01 Grado mínimo

Permanente Parcial para la profesión habitual

Causan al trabajador una disminución igual o superior al 33% en el rendimiento para su trabajo habitual.

02 Grado medio

Permanente Total para la profesión habitual

Incapacita al trabajador para la realización de su profesión habitual, aunque puede ejercer otra.

03 Grado superior

Permanente Absoluta para todo trabajo

Inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio, no solo la habitual.

04 Grado máximo

Gran Invalidez

Cuando el trabajador necesita asistencia de una tercera persona para los actos esenciales y elementales de la vida.

Opiniones reales

Lo que dicen nuestros clientes

Valoraciones de personas que han confiado su caso a nuestro despacho, publicadas en Google.

4,8
Sobre 202 opiniones en Google

“Totalmente favorable. La atención recibida, inmejorable. Ha sido una auténtica suerte encontrar a este gran equipo: amabilidad, sinceridad absoluta y una empatía espectacular.”

M Mar Martos Reseña de Google

“Un bufete muy profesional. Estoy muy satisfecho con su trabajo, sin duda lo recomiendo.”

S Sergio Quintanilla Reseña de Google

“Una maravilla en cuanto a atención. Me ayudaron muchísimo. Gracias al equipo por todo.”

C Cristina Giménez Reseña de Google

¿Crees que tu situación da derecho a una incapacidad?

Cuéntanoslo. Estudiamos tu caso sin coste y te decimos con honestidad qué opciones tienes.

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